➸ Derechos Reales
Son aquellos que van a dar un poder sobre la cosa, la cual conceden a su titular un poder Directo.
AUBRY Y RAU.- existe un Derecho Real cuando una cosa se encuentra sometida completa o parcialmente al poder de una persona, en virtud de una relación inmediata oponible a todas las demás personas.
GUILLERMO I. ALLENDE.- Es un Derecho absoluto, de contenido patrimonial ,cuyas normas sustancialmente de orden publico, que se establecen ente una persona (Sujeto Activo) y una cosa determinada (Objeto) una relación inmediata , que previa publicidad obliga a toda la sociedad (sujeto Pasivo) a abstenerse de realizar cualquier acto contrario al mismo (Obligación Negativa), naciendo para el caso de violencia una acción Real que otorga a sus titulares las ventajas inherentes al Derecho de persecución y de preferencia.
GUILLERMO I. ALLENDE.- Es un Derecho absoluto, de contenido patrimonial ,cuyas normas sustancialmente de orden publico, que se establecen ente una persona (Sujeto Activo) y una cosa determinada (Objeto) una relación inmediata , que previa publicidad obliga a toda la sociedad (sujeto Pasivo) a abstenerse de realizar cualquier acto contrario al mismo (Obligación Negativa), naciendo para el caso de violencia una acción Real que otorga a sus titulares las ventajas inherentes al Derecho de persecución y de preferencia.

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